[09-01-24] Reconocimiento trienio servicios prestados en jornada parcial

Pregunta

He trabajado durante un curso con una vacante a tiempo parcial (10 horas lectivas), quería saber cómo afecta esta reducción de jornada a la hora de solicitar el trienio a efectos económicos. ¿Debo considerar el tiempo trabajado como un año completo o solamente como 1/3?

Respuesta

En la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública no se recoge ninguna distinción a efectos de reconocimiento de los trienios, entre el personal que esté prestando servicios a jornada completa o el personal que esté prestado servicio a jornada parcial, estando solo supeditado su reconocimiento al cumplimento de tres años de servicios.

Por lo expuesto, el periodo durante el cual haya prestado servicios con jornada parcial debe serle considerado como si hubiera prestado servicios a jornada completa, no teniendo incidencia ni en el cómputo de los servicios prestados, ni en el importe del trienio reconocido, salvo que cuando se produzca el reconocimiento continuara prestando servicios a jornada parcial, en cuyo caso el importe del trienio generado, se vería disminuido en la proporción correspondiente, al igual que el salario.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía