[16-04-13] El supremo da un varapalo a los sindicatos corporativos y al Partido Popular al avalar la legalidad de la reordenación del sector público andaluz
CC.OO. saluda la nueva sentencia del Tribunal Supremo que avala la legalidad de la reordenación del sector público andaluz al declarar plenamente legal la subrogación de los trabajadores de las agencias afectadas por la Ley de Ordenación del Sector Público así como la plena validez de los Estatutos de la Agencia Andaluza del Conocimiento.
La sentencia avala el trabajo de CC.OO. en la Ley de Reordenación, fruto del consenso y de las aportaciones en nuestras comparecencias parlamentarias, afirma. Es un buen varapalo para las tesis defendidas por los sindicatos corporativos y de derechas, que, junto al PP, han venido desarrollando una brutal campaña contra la reordenación, insultando a los más de 20.000 empleados de estas Agencias, que desarrollan unos servicios públicos esenciales para Andalucía
Según el sindicato, la sentencia genera jurisprudencia tal y como se falla en la misma, por lo que esperamos que el resto de los recursos pendientes se resuelvan con similares criterios y en la misma línea jurisprudencial.
CC.OO. destaca que en esta sentencia “hay un pronunciamiento contrario a las resoluciones del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de la Sala de Sevilla”, anulándolas, y estimando “el pronunciamiento que la Sala de Málaga de este mismo Tribunal hace sobre la reordenación del sector público andaluz”.
Asimismo el sindicato destaca que la sentencia “avala el trabajo de CCOO en la Ley de Reordenación, fruto del consenso y de las aportaciones de las dos centrales sindicales andaluzas en sus comparecencias en el Parlamento”.
“Consideramos que la aportación de CC.OO. y UGT en el proceso de reordenación del sector público, con el objetivo de defender los derechos de todos los trabajadores (funcionarios, laborales y los procedentes de las Empresas Públicas) y de blindar la gestión de los servicios desde lo público, ha contribuido a este aval que la jurisprudencia está otorgando a la Ley Andaluza”, asevera la central sindical.
En este sentido, CC.OO. recuerda que es la segunda sentencia que dicta la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo en el mismo sentido, y que ya falló a favor de la Junta de Andalucía en el caso de la Agencia de Instituciones Culturales.