[24-01-24] Profesor visitante cómputo a efectos de trienios, sexenios y clases pasivas periodo como profesor visitante
Pregunta
Me pongo en contacto con usted para solicitarle información sobre en qué condiciones queda un profesor funcionario de carrera en régimen de clases pasivas frente al programa de Profesores Visitantes (EEUU) en relación con estas cuestiones.
¿Se siguen sumando trienios y sexenios como si se estuviera en España?
¿Los años allí trabajados por el programa se suman a los años que resten para la jubilación?
¿El profesor visitante tiene que pagar algo en relación con la base de cotización?
Tengo entendido que el profesor funcionario de carrera entraría en servicios especiales el tiempo que dure su estancia en USA dentro del programa. Si es así, ¿en qué apartado quedaría recogida su estancia según el artículo 87 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público?
Muchas gracias por su atención.
Un saludo.
Respuesta
Debido a que el personal funcionario de carrera pasa a la situación de servicios especiales durante el periodo que se encuentra prestando servicio como profesor visitante, le sería de aplicación lo recogido en el art. 87 del Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, donde se dispone que el tiempo de permanencia en esta situación computará a efectos de ascensos, reconocimiento de trienios, promoción interna y derechos en el régimen de Seguridad Social que les sea de aplicación.
Por lo expuesto, debe serle computado a efectos de trienios, sexenios y clases pasivas todos los servicios prestados como profesor visitante en EE.UU.
En lo que respecta a la cotización deberá seguir abonando las cuotas de Clases Pasivas, conforme aparece recogido en el artículo 23.3 del Real Decreto Legislativo 670/1987 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, siendo la Administración pagadora de sus haberes la obligada a retener la cuantía correspondiente a dicha cuota y a ingresar en Hacienda las cantidades detraídas, salvo que por cualquier circunstancia no fuera posible la detracción en nómina, en cuyo caso, el funcionario deberá ingresar mensualmente en Hacienda directamente las cantidades correspondientes a las cuotas que vaya devengando.
Aunque ésta es la regulación normativa existente, como la Consejería de Educación está obligada a seguir pagando mensualmente los trienios mientras se está en servicios especiales, ésta, por similitud con lo regulado para ser efectiva la cuota de MUFACE (artículos 27 y 28 del RD 375/2003 del Reglamento del Mutualismo Administrativo), siempre que las cuantías que se perciban de dichos trienios fuese suficiente, continúa ingresando en Hacienda la cuota correspondiente a cuenta de dichos trienios, evitándole así al funcionario la molestia de tener que ingresar mensualmente en Hacienda las cantidades correspondientes a las cuotas que vaya devengando.
Por esta razón deberá dirigirse al negociado de nóminas de la Delegación Territorial, informarse de la actuación de ésta respecto a los trienios devengados y al pago de dichas cuotas y, de ser necesario, actuar según las indicaciones anteriores.
Respecto a la cuota de MUFACE, en caso de que ésta no sea abonada por la Delegación Territorial porque las cuantías que se perciban de trienios sean insuficientes, el funcionario deberá personarse en la Delegación de MUFACE para autorizar el cargo bancario que ésta le emitirá trimestralmente (apartado 2 del punto tercero de la Orden APU/284/2004 de procedimiento de ingreso de las cotizaciones de los mutualistas a MUFACE).
En este enlace tiene toda la información sobre la cobertura de la asistencia médica
https://www.muface.es/muface_Home/Prestaciones/asistencia-sanitaria-extranjero/profesores-visitantes-eeuu-canada.html
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía