[30-01-24] Requisitos contrato de relevo

Pregunta

Trabajo en una empresa con un contrato indefinido y otro de fijo discontinuo. Me ofrecen el contrato de relevo de la prejubilación, pero me dicen que tengo que hacer una baja voluntaria para poder hacer ese nuevo contrato y estar inscrito como demandante de empleo. Mi pregunta es: ¿Es legal la operación? ¿Cuánto tiempo tengo que estar desempleado para poder acceder al nuevo contrato?
Muchas gracias por su ayuda. Un saludo

Respuesta

En la regulación del contrato de relevo recogida en el art. 12.7 del Real Decreto Legislativo 2/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, se dispone que el contrato de relevo se ajustará a las siguientes reglas:

a)    Se celebrará con un trabajador en situación de desempleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración determinada.
b)    ..

Debido a que usted tiene suscrito con la empresa un contrato indefinido y otro fijo discontinuo, la única opción para que pueda ser contratado mediante el contrato de relevo, es que pase a la situación de desempleo, no estando contemplada en dicha disposición un periodo de permanencia mínima en dicha la situación.

En cualquier caso, como ya le indicamos en la anterior consulta le recomendamos que contacte con el Sindicato Provincial de CCOO de su provincia, para que le asesoren personalmente.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía